Desde el primer momento la oposición ha intentado paralizar el proyecto de Piscina Cubierta y Centro de Raqueta interponiendo recursos que se han denegado.

La última “broma” le ha salido cara al concejal Jesús Sainz, que mediante un recurso contencioso administrativo solicitó una medida cautelar de suspensión de la adjudicación del contrato de concesión de obra pública. Medida cautelar que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 13 de Madrid deniega al concejal, Jesús Sáinz, imponiéndole el pago de las costas procesales.

El ayuntamiento pedirá a este concejal que afiance responsabilidades (los más de 6 millones de euros) por el valor íntegro de la obra.

Una cosa es presentar recursos para mejorar un proyecto y otra bien distinta es perjudicar a la mayoría de los vecinos de San Agustín sólo por boicotear al Gobierno Municipal. Un boicoteo que les está empezando a costar.

Antes de la adjudicación del contrato, plantearon un recurso de reposición que se resolvió tanto por el Tribunal Administrativo de Contratación Publica Comunidad de Madrid como por el Pleno. Cuando se adjudica el contrato, volvieron a plantear Recursos (esta vez por separado) con el único fin de paralizar el inicio de las obras.

Cronología:

1º El 10 de noviembre de 2014, los 6 concejales de la oposición (los 4 concejales del grupo independiente AISA y los 2 del PSOE) presentan un Recurso de Reposición contra los dos proyectos de Centro de Raqueta y Piscina Cubierta de las 2 empresas que concursaron en el Contrato de Concesión de Obra Pública.

Este Recurso queda rechazado por el TAde Contratacion Publica C.M que desestima el recurso, y por el Pleno Municipal. Entre lo que alegaban figuraba que (cita textual):“se había pasado por alto diversas circunstancias que la Mesa de Contratación debió de tener en cuenta”. La oposición formó parte de las Mesas de Contratación y en los actos de apertura de la documentación presentada por los licitadores no presentaron alegaciones ni reclamaciones, ya que, en caso contrario, habría constado en acta y se hubiera requerido la subsanación de los defectos.

2º El 8 de enero de 2015, se adjudica el contrato de concesión de obra pública a la empresa que resulta vencedora, Ocio y Deporte San Agustín SL.

Tras adjudicarse el contrato, los dos grupos de la oposición, esta vez por separado, vuelven a intentar suspender esta obra tan demandada por los vecinos.

Concretamente, el 9 de febrero de 2015, las dos concejalas del grupo municipal socialista interponen un Recurso de reposición contra la adjudicación definitiva del contrato de concesión de obra pública a la empresa Ocio y Deporte.

Como en el caso del primer recurso, este grupo municipal no presentó alegación ni reclamación alguna en la Mesa de Contratación de la apertura de la documentación administrativa de la que formó parte.

En este recurso alegan además que “el adjudicatario es una empresa de muy reciente constitución y, por tanto inclumple los requisitos de solvencia técnica”.

Como el Ayuntamiento ha explicado el artículo 57 de la Ley de Contratación el TRLCSP dice que se pueden presentar a una licitación o empresas nuevas o con un compromiso de constituir una sociedad.

La oposición ha de entender que su afán de paralizar este proyecto deportivo en San Agustín no va en detrimento del gobierno municipal, PERJUDICA ÚNICAMENTE A LA MAYORÍA DE LOS VECINOS.

Descargar resolución medida cautelar…

 

 

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