El dictamen de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, aprobado por unanimidad en la sesión de 27 de junio de 2012, resuelve que la convocatoria de la plaza de TAG (Técnico Administración General) vulnera varios artículos de la Constitución Española al contener una reserva encubierta de funciones públicas «Ad Personam» (es decir, reservado para una persona determinada).

El informe subraya que la convocatoria «no reúne los requisitos de legalidad por resultar sus bases arbitrarias, discriminatorias y desproporcionadas (art. 14, 23.2 y 103.3 de la Constitución Española), lo que conlleva haya de entenderse nula de pleno derecho (art. 62.1a) de la LRJ-PAC; además de favorecer a una aspirante en contra de los reiterados principios de igualdad, méritos y capacidad».

La provisión de la plaza de Técnico General de la Administración se orienta, ya desde las bases específicas hacia la persona que ya estaba ocupando la misma como interina. Tanto los requisitos de experiencia como de formación se ajustaban plenamente a ella.

De este modo, este dictamen consultivo dictamina que tanto la convocatoria como las bases, aprobadas por el anterior equipo liderado por Jesús Sainz, provocan o conllevan la nulidad de pleno derecho y, consecuentemente de las actuaciones subsiguientes (el nombramiento del cargo).

Aún así, a pesar de la claridad y contundencia mostrada por el órgano competente anulando dicha plaza, quedan cuestiones sin respuesta; entre ellas, ¿quién hizo las bases de la convocatoria, teniendo en cuenta que ningún Técnico Municipal de este Ayuntamiento participó en ellas?

Ante todo lo anterior, el Pleno Extraordinario del 6 de julio resolvió la anulación de dicha plaza con los votos a favor de PP y PSOE, y con los votos en contra de AISA.

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